Saludos cordiales!!!
Sería muy interesante que proporcionaras enlaces activos para poder verlo. Pero trataré de aporta algunos ahora.
Y me surgen un par de dudas...
Una es ¿Le pagarán los derechos de uso de marca y slogan registrados a Maltería Quilmes? Porque "Conductor Designado" es una frase propiedad intelectual de ellos y pueden meterse en un enorme problema por violar la 11.723
Otra duda es: ¿Y que harán con la enorme cantidad de jóvenes que se mueven en motos???
Bueno... parece que para ser "Conductor Designado" hay que tener un cierto poder adquisitivo... Pero como todos sabemos nuestro mayor problema HOY son las motos y no los autos.
Por lo pronto les dejo un recorte:
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En el artículo 2 se detalla sobre el conductor designado, para ser incorporado al Código de Nocturnidad, como artículo 31 ter. “Créase en el ámbito de la ciudad de Posadas el programa denominado ‘Conductor Designado’”.
Éste consistirá en que al ingresar al establecimiento bailable la persona se deberá identificar como conductor designado. El establecimiento le deberá entregar una pulsera identificatoria que lo hará acreedor de bebidas sin alcohol de manera gratuita durante su permanencia en el establecimiento.
Al finalizar la noche, se le hará un test de alcoholemia y si arrojara un resultado negativo se le permitirá conducir a la vez que se le entregarán premios como entradas gratis para noches subsiguientes, así como otras que establezca la autoridad de aplicación”.
El proyecto fue girado para su estudio a la comisión de Legislación del Concejo Deliberante.
“Hay cosas más importantes”
La mayoría de los dueños de los boliches de Posadas se mostró sorprendida por el proyecto del conductor designado y aclararon que hay cuestiones más importantes para tratar sobre la noche. Algunos cuestionaron quién se hará cargo del costo de las bebidas sin alcohol.
“La verdad es que creo que hay cosas más importantes que tratar, que salir a pedir a los boliches que se hagan cargo de quién conduce un auto y en qué estado, para eso debe estar el Estado. Si se aprueba por supuesto que lo vamos a cumplir pero hay que darse cuenta que hay otras prioridades”, explicó Javier Villagra, relaciones públicas de El Fogón.
A su tiempo, Jimmy López, dueño de Metrópolis indicó: “Por primera vez escucho un proyecto que no es prohibitivo”.
Sin embargo, López cuestionó el artículo que obliga a los locales a obsequiar bebidas no alcohólicas a los conductores. “Es fácil regalar lo ajeno, hay que definir quién va a pagar esa gaseosa que se entrega gratis”, disparó.
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OTRO MEDIO
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La propuesta de Duarte busca incorporar a la ordenanza 1914/06, el artículo 31 bis, que quedaría redactado de la siguiente manera: En los Establecimientos Bailables de la Ciudad se deberá colocar un cartel visible que contenga la siguiente leyenda: Se prohíbe la entrada a aquellas personas que muestren signos evidentes de haber consumido alcohol. El Departamento Ejecutivo Municipal deberá efectuar controles selectivos de las personas que deseen ingresar a los Establecimientos Bailables, tendientes a determinar el grado de intoxicación alcohólica. Cuando la medición de alcohol en sangre demuestre un grado de consumo de 0.5 de la escala correspondiente, quedará a consideración de los responsables del establecimiento la permisión o no del ingreso atendiendo a las circunstancias particulares de cada caso. Cuando la medición arroje un consumo de 1 o mayor quedará prohibida la entrada al Establecimiento Bailable. La Autoridad de Aplicación será la encargada de determinar el procedimiento para llevar a cabo los controles previstos en el presente artículo”.
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Disculpen... ¿pero me parece a mi o este Art. es la respuesta al reclamo de los bolicheros que quieren prohibir "la previa" porque todos se maman antes y más barato y no consumen dentro del boliche?????
mmmmm que extraño aroma esto... Si prohibís la previa.. mas plata para los boliches.
Y algunos enlaces:
http://misionesparatodos.com/laura-duarte-propone-crear-el-programa-del-conductor-designado-en-posadas/
http://www.territoriodigital.com/notaimpresa.aspx?c=5295735823597212
http://misionesonline.net/2014/08/25/analizan-un-proyecto-para-instalar-el-programa-conductor-designado-en-posadas/
Me voy a explicar... salimos varios de acá "de el Bar" a tomar algo... Vamos todos en el auto de Bertotti (Aguante la Partner jaja). Y designamos a Mabel como CD.
Maby se sube a "repartir borrachos"... Lleva a casi todos y llega el momento en que debe quedarse en su casa y mandarlo a Eduardo (que lo haremos figurar como "muy alegre") a su casa "manejando totalemente borracho"
A ver... ¿Para que carajo sirve entonces el CD? Se supone que la única forma en que el CD "sirva" es "si el dueño del auto es el designado"...
Pequeño detalle ¿no?
Y por supuesto hay variantes a este problema... como por ejemplo: El "designado" es que que más cerca del boliche vive... y cosas así.
Me parece que esto es muy lindo para una campaña publicitaria con algo se RSE y mucho de "descuento de impuestos"... Pero en la práctica...
Y por último: el que no tomó. ¿Conoce bien mi auto? ¿es responsable manejando? ¿Respeta las normas de tránsito? ¿No estaré exponiendo a todos a un loquito pistero?
Saludos.
Ahhhh... Hector, no dudo en tu palabra cuando decís que la persona que hizo el Proyecto es "honesta". Pero en realidad no es necesario ser honesto para hacer buenos Proyectos. En realidad solo se necesita tener conocimiento o asesores bien informados... Porque de honestos que nos manden al muere estámos llenos.
¿Viste el dicho? el que dice que "todos nos atajamos del malo pero no del buenudo"... Y cuando nos damos cuenta...
Saludos!!!
Posadas, 20 de agosto de 2.014.-
PROYECTO ORDENANZA
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DEPOSADAS
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
ARTÍCULO 1º.- CONTROL DE
ALCOLHEMIA. Incorpórese
al Código de
Nocturnidad de la Ciudad de Posadas, Ordenanza
nº 1914/06, el artículo 31 bis el que estará redactado de la siguiente manera:
“Artículo 31 bis: “En los Establecimientos Bailables de la Ciudad se deberá colocar un
cartel visible que contenga la siguiente leyenda: “Se prohíbe la entrada a
aquellas personas que muestren signos evidentes de haber consumido alcohol”. El Departamento Ejecutivo Municipal deberá
efectuar controles selectivos de las personas que deseen ingresar a los Establecimientos
Bailables, tendientes a determinar el grado de intoxicación alcohólica. Cuando
la medición de alcohol en sangre demuestre un grado de consumo de 0.5 de la
escala correspondiente, quedará a consideración de los responsables del
establecimiento la permisión o no del ingreso atendiendo a las circunstancias
particulares de cada caso. Cuando la medición arroje un consumo de 1 o mayor
quedará prohibida la entrada al Establecimiento Bailable. La Autoridad de
Aplicación será la encargada de determinar el procedimiento para llevar a cabo
los controles previstos en el presente artículo”.
ARTÍCULO 2º.- CONDUCTOR DESIGNADO. Incorpórese al Código
de
Nocturnidad de la Ciudad de Posadas, Ordenanza
nº 1914/06, el artículo 31 ter el que estará redactado de la siguiente manera:
“Artículo 31 ter: Créase en el ámbito de la Ciudad de Posadas el programa denominado
“Conductor Designado”. El mismo consistirá en que al ingresar al
Establecimiento Bailable la persona se deberá identificar como conductor
designado. El Establecimiento le deberá entregar una pulsera identificatoria
que lo hará acreedor de bebidas sin alcohol de manera gratuita durante su
permanencia en el Establecimiento. Al finalizar la noche se le hará un test de
alcoholemia y si arrojara un resultado negativo se le permitirá conducir a la
vez que se le entregarán premios como entradas gratis para noches subsiguientes
así como otras que establezca la autoridad de aplicación”.
ARTÍCULO 3º.- DE FORMA.-
FUNDAMENTOS
El presente proyecto de ordenanza establece un nuevo instituto jurídico, el del control de alcoholemia al ingreso de los Establecimientos Bailables de manera que aquellos que arrojen un porcentaje de 0.5 de alcohol en sangre, se evalúe su ingreso dependiendo del estado de la persona que ingresa. Para el caso de que el test arroje un porcentaje de 1.0 de alcohol en sangre se prohibirá su ingreso. Asimismo el Establecimiento deberá tener un cartel que diga “Se prohíbe la entrada a aquellas personas que muestren signos evidentes de haber consumido alcohol”. El fundamento de esta medida es evitar el ingreso de personas en estado de ebriedad quienes en la generalidad de los casos son mas proclives a generar disturbios. Ello sumado al grave problema social y de salud que produce el consumo excesivo de alcohol en las llamadas “previas” realizada por los chicos antes de ingresar al boliche.
Finalmente se crea la figura de conductor designado para identificar a aquellas personas que se encargarán de conducir los vehículos quienes se obligaran voluntariamente a no consumir alcohol durante toda la noche para conducir de ida y vuelta sus vehículos y así llevar de manera segura a sus amigos. Los conductores designados serán premiados de diferentes manera para incentivar a las personas a que sean conductores designados y con ello evitar los accidentes provocados por el alcohol.
Es por estos motivos que solicito a mis pares acompañen con su voto a la sanción del presente proyecto de ordenanza.
Veamos algunas cosas de este Proyecto que me quedan dando vueltas en la cabeza...
“Se prohíbe la entrada a aquellas personas que muestren signos evidentes de haber consumido alcohol”
Me parece que en Posadas no se venden evidencímetros... Esos instrumentos para medir "signos evidentes". Además... Los alcoholizados pero con "signos no evidentes" ¿pueden entrar?
"controles selectivos de las personas que deseen ingresar"
Ehhh... este... "selectivos" en base a qué. A "rasgos", a "forma de caminar", a "ropa que utiliza", a la teoría de Lombroso... A "portación de cara". Creo que en lugar de "selectivos" debería ser "al azar".
"quedará a consideración de los responsables del establecimiento la permisión o no del ingreso atendiendo a las circunstancias particulares de cada caso"
Para comenzar no encuentro la palabra "permisión" por ningún lado... Luego me llama mucho la atención que "el borracho no entra a menos que sea amigo del dueño"... ¿Raro no?
"Cuando la medición arroje un consumo de 1 o mayor quedará prohibida la entrada al Establecimiento Bailable."
Claro, la idea es que logre ese valor o lo supere "adentro" o sea que la bebida se la compre al bolichero.
"el programa denominado “Conductor Designado”."
"Conductor Designado" es un slogan de una campaña publicitaria registrada en Propiedad Intelectual por Cervecerías Quilmes. Eviten usar nombres registrados porque luego los contribuyentes son los que terminan poniendo la plata para las indemnizaciones.
"El mismo consistirá en que al ingresar al Establecimiento Bailable la persona se deberá identificar como conductor designado".
¿Y si la persona planea encontrarse dentro del boliche con amigos y aun no sabe si manejará o no porque no posee auto?
"El Establecimiento le deberá entregar una pulsera identificatoria que lo hará acreedor de bebidas sin alcohol de manera gratuita durante su permanencia en el Establecimiento."
¿Quien paga el consumo de la persona? ¿quien asegura que esas bebidas no serán compartidas con terceros ocasionando un perjuicio económico al propietario del local o quien arrienda la barra? ¿Las pulseras serán fiscalizables o libres?
"Al finalizar la noche se le hará un test de alcoholemia y si arrojara un resultado negativo se le permitirá conducir"
¿Dónde se realiza el test? ¿Quien acompañará a la persona hasta donde se encuentre el vehículo para constatar que no maneje? ¿Aun no se dieron cuenta de que un test a un peaton no implica la existencia de un vehículo?
"a la vez que se le entregarán premios como entradas gratis para noches subsiguientes así como otras que establezca la autoridad de aplicación"
¿Quien solventa los premios? Si la autoridad de aplicación decide que se regalan pasajes de avión a Miami ¿quien los paga? ¿Cual es el límite para esto? ¿cual es el cupo?
Me faltó preguntar si me puedo llevar alcoholemia a marzo... Divertido ¿no????
permisión
"quedará a consideración de los responsables del establecimiento la permisión o no del ingreso atendiendo a las circunstancias particulares de cada caso"
O sea que quedará a consideracón de los responsables del establecimiento fingir permitir o no el ingreso... ehhh este.... No. Fingirán decirle que pude entrar... No, tampoco. Estaran permisionando el permiso para... menos... UFA!!!
Olvídense. Muy complicado para mí
El dueño del boliche apoyará toda norma que diga que sus clientes deben llegar sedientos a su local y consumir dentro de él
El dueño del boliche no apoyará ninguna norma que diga que él deberá meter la mano en su bolsillo.
Y por supuesto debemos entender que los controles deberían hacerse en el lugar correcto. Entonces supongamos que se hacen "en la esquina"... ¿qué pasará con quienes dejen el auto en la otra cuadra?
Y así hay muchas preguntas que, en lo operativo, pueden hacer que una norma que aparenta ser útil y simpática a la sociedad se convierta en una burrada inaplicable pero que "algún día" y en manos de un trasnochado (que no fue al boliche) sea un arma de presión o extorsión a los comerciantes de la zona.