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TRANSPORTE ESCOLAR

TRANSPORTE ESCOLAR

por marcela vaillard -
Número de respuestas: 1
¿Cuales son las reglas para los transportes escolares?
En respuesta a marcela vaillard

Re: TRANSPORTE ESCOLAR

por richar bejarano -

Buenas noches en Lima capital del Perú la regulación de Servicio de Transporte de Estudiantes Escolares se regula a través de la Ordenanza N°1681, algunas de la condiciones de operación  se dan a partir de las siguientes condiciones de acceso y permanencia:

TÍTULO III

DE LAS CONDICIONES DE ACCESO Y PERMANENCIA DE LOS VEHÍCULOS DE TRANSPORTE DE ESTUDIANTES ESCOLARES

CAPÍTULO I DE LAS CONDICIONES Y CARACTERÍSTICAS DE LOS VEHÍCULOS

Artículo 26.- Condiciones técnicas y operativas básicas

Los vehículos habilitados para la prestación del servicio de transporte de estudiantes escolares, deberán cumplir con los siguientes requisitos:

a. Haber sido originalmente diseñados y/o fabricados para el transporte de personas

b. Asientos no rebatibles o plegables, tapizados o de fibra de vidrio, con estructura de tubos de acero, fijados a la estructura del vehículo y con distancia útil mínima entre ellos de 65 cm. El espaldar debe contar con asideros.

c. Cinturones de seguridad de mínimo dos puntos en todos los asientos.

d. Asideros en buen estado, colocados por dentro del vehículo, para que los escolares puedan sujetarse a ellas durante la operación del vehículo, así como manijas en las puertas de servicio, para que estos puedan asirse al momento de ascender o descender del vehículo.

e. Neumáticos de caucho, en buen estado de conservación, que no sobresalgan de la carrocería y cuyas ranuras principales (zona central de la banda de rodamiento) tengan una profundidad mínima de 2 mm.

f. Catalizador en perfecto estado de funcionamiento, a menos que el vehículo funcione con gas licuado de petróleo (GLP), gas natural comprimido (GNC) o duales.

g. Silenciador en el tubo de escape, para mantener los ruidos dentro de los límites establecidos en la normativa vigente.

h. Bocina cuyo sonido se encuentre dentro de los límites establecidos en la normativa vigente.

i. Espejos retrovisores Interno, izquierdo y derecho.

j. Láminas retroreflectivas de colores rojo y blanco alternados, que cumplan con los requisitos técnicos aprobados, fijadas por remaches, tornillos o pegamento en los laterales y en la parte posterior del vehículo, instaladas de modo que permitan la determinación del ancho y largo total del vehículo,

 k. Indicadores de luces e instrumentos para el control

de operación en buen estado de funcionamiento.

 I. Rótulo de color negro, o blanco en caso el vehículo sea de color oscuro, que podrá ser pintado o colocado mediante una banda auto adhesiva en la parte delantera y posterior del vehículo, consignando: "SERVICIO ESCOLAR". Los caracteres del rótulo (letras) deben tener las siguientes medidas:

Vehículos de Categoría M, y M2: 10 cm. de altura y 1.05 cm. de grosor. Vehículos de Categoría M3: 15 cm. de altura y 3 cm. de grosor.

 

m. Número de placa de rodaje en caracteres de color negro, o blanco en caso el vehículo sea de color oscuro, que podrá ser pintada o colocada mediante una banda auto adhesiva en las partes laterales de la carrocería. Los caracteres (letras) serán de 10 cm. de altura y 1.05 cm. de grosor, n. Los demás requisitos técnicos establecidos en el RNV.