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Radares de Velocidad y jurisdicion de inspectores

Re: Radares de Velocidad y jurisdicion de inspectores

por Ramiro Mario Daniel López -
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Eso es un error puesto que la Ley 24449 dice en su artículo 2do "Son autoridades de aplicación y comprobación de las normas contenidas en esta ley los organismos nacionales, provinciales, municipales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que determinen las respectivas jurisdicciones que adhieran a ésta" así que para que una situación se dé así debiera de ser una situación muy particular, por no decir imposible, puesto que todos los actores ya sea nacionales, provinciales o municipales DEBEN hacer los controles, de no hacerlos son imputables de responsabilidad por la muerte de las personas en siniestros de tránsito.