Hola Matias, El tema es Jurídico, se trata de un contrato de partes, el hecho de tomar un seguro, es un acto civil!!! Que se rige por cierta cláusulas, Para la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS, no es verdad que si el seguro no está al día, en cuanto al pago, la compañia está librada de dar la cobertura, todo lo contrario, debe cubrir y tratar de cobrarle a quien no le pagó!!! Por eso, es sólo facultad de la autoridad de comprobación, solicitar la cobertura, la vigencia de la póliza!!!! El pago o no del mismo, escapa a las atribuciones otorgadas para la comprobación, sobre todo porque hoy hay varias formas de pago, débito automático, pago telefónico, descontado a través de la tarjeta de crédito o con la facturación del bien, en el caso de que estés pagando el vehículo.
Por útimo para tratar de ser específico, siempre y cuando la póliza esté vigente, la compañia de seguro debería cubrir, según la Ley!!!!