Adheridas a la Ley 24.449:
http://www.seguridadvial.gov.ar/normativas/ley-24.449
Adheridas a la Ley 26.363 :
http://www.seguridadvial.gov.ar/normativas/ley-26.363
Saludos.
http://www.isevonline.com.ar/nota.php?sec=15¬a=409&mn=1
Cómo debo interpretar el tema, ya que en la pág. nº 6 del texto, menciona que sólo dos provincias, Córdoba y Mendoza, tienen su propia legislación, y el resto de las juridicciones han adherido a la leynacional, pero en el mapa de Adhesiones provinciales San Luis tiene los "mismos colores" que las no adheridas ???
Un abrazo.
Guillermo.
Guillermo:
¿Sabés que tenés razón?. Se nos escapó la "liebre". San Luis adhirió primero y luego hizo su propia ley muy parecida. Lo vamos a corregir. Gracias por el aviso.
Mozo!! Por favor un cafecito...amarguito...
Porqué amargo....???
Utilizá algún endulzante.....
Un abrazo.
Guillermo.
No. Si lees la Ley Pcial 8560 verás que no es de adhesión a la Ley 24.449. De hecho el ejemplo que citas de la edad para conducir (en la Ley 8560 es 18 años) y muchos otros temas.
La Ley Pcial 8560 es eso: una ley propia en materia de tránsito (y hay unos lios terribles, porque hay municipios de la pcia. que si estan adheridos a la Ley 24449). En cuanto al tema de infracciones, alli es lógico, porque la Pcia. tampoco está adherida a la Ley 26.363.
Jorge:
En realidad subordina la adhesión a la Ley Pcial. : Artículo 1º.- Adhiérese la Provincia de Córdoba a las Leyes Nacionales Nros. 24.449 -Ley de Tránsito- y 26.363 -Creación de la Agencia Nacional de Seguridad Vial-, en todo lo que no se opongan a la Ley Provincial de Tránsito Nº 8560 Texto Ordenado 2004 y sus modificatorias, con las exclusiones previstas en los artículos siguientes.
Además se continúa esperando : Artículo 4º.- Facúltase a la Autoridad de Aplicación de la Ley Provincial de Tránsito Nº 8560 Texto Ordenado 2004 y sus modificatorias a establecer la compatibilización de su aplicación con las Leyes Nacionales Nros. 24.449 -Ley de Tránsito- y 26.363 -Creación de la Agencia Nacional de Seguridad Vial-, y a celebrar convenios de colaboración con la mencionada Agencia o cualquier otro organismo nacional, no pudiendo interferir los mismos en la competencia provincial en materia de tránsito y seguridad vial.
Con lo que se ha generado aún más confusión...
Creo que la cuestión de la adhesión a la ley 24449 por parte de las jurisdicciones faltantes es un tema que para una solución de raíz resulta necesario generar una enmienda constitucional con acuerdo de TODOS los estados provinciales y la CABA, esa rareza de administración que dio a luz la reforma del '94 que resultó ser un verdadero abigeato constituyente, si se desea actuar con criterio sistémico y sin mezquindades políticas como las que se manifiestan de parte de algunos gobiernos provinciales, incluidos algunos que adhieren pero lo hacen a medias, es como si no desearan resolver el problema y este tema no es el único que se debería delegar a la nación por parte de las jurisdicciones de provincia y sus municipios o delegaciones rurales (como en Tucumán por ejemplo), subsisten señalamientos defectuosos y tan "creativos" que resultan la más de las veces una verdadera fuente de peligro, ni que hablar de los resaltos limitadores de velocidad (lomos de burros) que generan más accidentes que los que se intentan evitar, en fin son varias las cuestiones de lesa vialidad que con la democracia argentina nos debemos los ciudadanos y ciudadanas de la Patria, tan vapuleada por los grupos concentrados y corporativos de toda índole y laya (financieros, judiciales, sindicales, mediáticos, etc.)
Saludos tucumanos